Amargura boliviana ante el fallo de La Haya  

El Tribunal de la Haya, en el plano legal cerró la aspiración de exigir una salida al océano pacífico.

La Razón

2024-03-28

Filiberto Montecinos Avendaño 

La controversia entre Chile y Bolivia se remonta a 1842, cuando el gobernante chileno Manuel Bulnes reconoció como propio el territorio nortino, creando el departamento de Atacama por ley de 31 de octubre de 1842, y lo declaró propiedad chilena al constatar la importancia de la región e incentivar su ocupación. Ante ello, Bolivia no hizo nada concreto, ni siquiera poblar la región.

Bolivia nació con 400 Kms2 de costa y 120.000 kms2 de territorio. Por el tratado del 10 de agosto de 1866, el gobierno de Melgarejo fija la línea fronteriza en el paralelo 24’S y se dispone que entre los paralelos 23’S y 25’S, Chile y Bolivia se repartirían las utilidades guaneras y mineras en partes iguales, zona ocupada por empresas chilenas que ejercían la “uti posiditis jures”. Bolivia desde el inicio no hizo nada por conservar la soberanía territorial, de lo que se colige que Eduardo Abaroa en la guerra del Pacifico y Nicolás Suárez en la Guerra del Acre, junto a pocos compatriotas cuidaban sus intereses defendiendo el territorio boliviano.

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La demanda incoada el 24 de abril de 2013 contra Chile por Bolivia ante la Corte Internacional de la Haya, ha sido inconsulta, sin asidero en el plano legal ni real, por lo menos debería llamarse a un referéndum, pues había suficiente prueba que respaldaba a Bolivia para demostrar que Chile NO CUMPLÍA CON LA LIBRE TRANSITABILIDAD comercial estipulado en el Art.6 del tratado de 1904. Las pruebas eran los bloqueos DE CARRETERAS en Chile, las huelgas de los empleados portuarios, la privatización de los puertos que facilitasen o no la libre transitabilidad que disponía el tratado.

 El Tribunal de la Haya, en el plano legal cerro la aspiración de exigir una salida al océano pacífico, en conclusión, con Melgarejo perdimos una parte física de nuestro litoral, con el gobierno de Morales legalmente se desahucia en definitiva una remota salida al mar.

La resolución del 1 de octubre de 2018 es taxativa: Chile no contrajo la obligación de negociar un acceso soberano al Pacífico, sugiere que su fallo no impide a futuro continuar los escenarios de acercamiento bilateral.

El tratado firmado entre Chile y Bolivia el 20 de octubre de 1904, establece que Chile reconoce a favor de Bolivia y a perpetuidad el derecho más amplio y libre tránsito comercial por su territorio y a los puertos del Pacifico, que no siempre fue así, por ello se hizo la demanda. Ese tratado dice que si hay diferencias se recurriría al arbitraje de Alemania, la que se rechazó y por el protocolo de 1907 se sustituye por la Corte Permanente de Arbitraje de la Haya.

Como ex Juez, sostengo que una acción judicial debe estar probada y sustentada en hechos, actos e infracciones a disposiciones legales vigentes y en el caso presente a lo estatuido en el tratado del 20 de octubre de 1904 firmado entre Chile y Bolivia.

Para aliviar la larga frustración de la población boliviana hay que fortificar su moral, soslayar el individualismo, el sectarismo, y el racismo subyacente. El Estado debe crear poblaciones fronterizas con respaldo del sector privado, procurar la inclusión, integración y unión de todos los bolivianos, evitar peleas y migraciones que debilitan a la familia y la sociedad.

(*) Filiberto Montecinos Avendaño es periodista y exmagistrado con reconocimiento de la Corte Superior de Distrito de La Paz.

TOMADO DE: https://www.la-razón.com


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